Instalación de Compactadores :

Artículo 25 :  INSTALACION EN EDIFICIOS YA EXISTENTES

Sólo se deberán instalar sistemas de compactación aprobados, tanto en edificios ya existentes como en los no habilitados o a construirse en el futuro que cumplan con las condiciones establecidas en la Ordenanza General de Control de la Contaminación Ambiental.

a) El local deberá tener salida, directa o indirecta, a la calle por medio de ascensor o escalera que ofrezca suficiente grado deseguridad para el transporte de cargas, o bien hallarse a nivel de la acera.

b) En caso de no poderse cumplir la posibilidad anterior, el tamaño  de los envases estará limitado al mínimo de 200 N de peso (20 kg. de masa) cada uno, y deberá proveerse de un portaenvases para poder  transportarlos  con seguridad.

c) En el conducto de descarga se proveerá e instalará la plancha de cierre a que se refiere el Art. 32.

d) En caso de hallarse  instalado en un sótano deberá proveerse un sistema de desagote automático por presencia de agua en el sumidero. Además deberá poderse instalar una segunda bomba manual, aunque no será obligatorio dejarla instalada en forma permanente.


Artículo 26 : INSTALACION EN OBRAS NUEVAS

En todas las obras en las que aún no se hayan aprobado  los planos, y que cumplan las condiciones que establece la ordenanza que este reglamento perfecciona, deberá instalarse el sistema de compactación en las siguientes condiciones:

a) El local compactador deberá tener acceso directo y a nivel desde la calle. En caso de que ello no fuera posible el acceso deberá verificarse por medio de uno de los ascensores del edificio, o bien proveerse un medio mecánico para el transporte vertical de la basura.

b) La capacidad total de la compactación se calculará a razón de 0,75 litros por m2

c) Los espacios libres que deberá dejar el compactador a su alrededor respecto del recinto : Un mínimo de 0,80m en los laterales y parte posterior. y Un mínimo de 1,20m por 1,20 m para manipuleo en correspondencia con la salida.

d) El recinto para el compactador será de las características que se establecen en el artículo 27 y siguientes.


Artículo 27 : RECINTO DEL COMPACTADOR

Todos los elementos constructivos pertenecientes al "recinto del compactador" deberán ser:

a) En general:

1- Resistentes al fuego.
2- De superficies lisas, impermeables, anticorrosivas y de fácil limpieza.

b) En particular:

1- Los muros serán revestidos en toda su altura con azulejos blancos o de colores claros.
2- Los pisos serán de materiales cerámicos o graníticos.
3- Los zócalos deberán ser de los mismos materiales que los pisos, y del tipo sanitario en cuanto a su conformación.
4- Los cielos rasos serán pintados de color blanco.

En los casos de los items 1,2, 3, del inciso b, se consignará en detalle en los respectivos planos la clase de material empleado, pudiendo utilizar otros distintos a los indicados siempre que sean aceptados por la dirección en virtud de su calidad y resultados

Artículo 28 : VENTILACION

Habrá entrada inferior y salida superior de aire, que podrá ser forzada por medios mecánicos. La salida será independiente de cualquier otra del edificio. La sección de cada ventilación no será inferior a 200 m2 y estará protegida contra el acceso de insectos y roedores por medio de mallas de material inoxidable. Como salida superior de aire podrá utilizarse el conducto de descarga.

Artículo 29 : INSTALACIONES

Se proveerá como mínimo al local  del compactador de un pico de abastecimiento de agua será del líquido exprimido por el compactador también se verterá al  desague cloacal primario. La provisión de energía eléctrica será la necesaria  para el compactador, más un toma iluminación de 150 lux, más el eventual requerimiento de ventilación mecánica.

Artículo 30 : PROTECCION CONTRA INCENDIO

Se deberá colocar una instalación de rociadores de agua con mando manual desde el exterior, además del rociador de descarga automática a que se hizo referencia en el artículo 8 y que es propio del compactador.
Nota: la instalación contra incendio del local deberá cumplir también las exigencias de la Dirección de Bomberos de la Policía Federal.

Artículo 31 : CONDUCTOS DE DESCARGA

Los conductos verticales se descarga de residuos sólidos podrán ser construidos dehacia abajo. La mínima será circunscripta a un círculo de 40cm  de diámetro. En caso de disponer de toboganes al pie de la recepción de los  residuos arrojados, la pendiente de estos no será inferior a 60º y su  construcción será masiva, de modo de evitar  morigerar los ruidos del impacto. Los conductos construidos en cualquier otro material deberán tener una masa  por unidad de superficie no inferior a 120 kgm2. El material deberá ser resistente al fuego, al impacto, liso, resistente, anticorrosivo y de fácil limpieza. El trazado será vertical sin resaltos ni, discontinuidades en su superficie interna.

Artículo 32 : COMPUERTA TERMINAL

La boca del tubo de descarga estará dotada de una compuerta metálica de chapa de acero, de espesor no inferior a 2mm.

Artículo 33 : ABERTURA DE CARGA

Tendrán una superficie no inferior al 50%  ni superior al 60% de la sección del conducto herméque cuando la misma estévertical. Las puertas serán de  material resistente al fuego, al impacto y a la corrosión, de fácil limpieza y cierre silencioso y herméubicadas a una altura entre 50cm y 80cm del soldado, medidos hasta el borde interior de la abertura de carga. No podrán abrir a locales o pasos comunes del edificio.

Artículo 34 : ANTECAMARAS

Las antecámaras para bocas de carga serán de no menos de 0,65 m2 , de 0,75m de lado mínimo, con recubrimiento impermeable hasta 2m de altura y piso impermeable. Serán ventilados por conducto de diámetro mínimo no inferior a 15 cm. La cara interior de la puerta será de material impermeable.


SUPERVISION DE COMPACTADORES EN USO

Artículo 35: NORMAS DE UTILIZACION

Cada compactador deberá tener una persona autorizada para su manejo, que representará al propietario en dicho menester, y cuyo nombre y documento personales deberán ser comunicados a la Dirección General de Fiscalización Obras de Terceros. Los compactadores deberán mantenerse en buen estado de conservación, operación yconsideración que la basura compactada se expida en perfectas condiciones de recubrimiento en su envase respectivo, depositada en la acera en forma ordenada, a las horas que establecerá en cada zona la
Dirección General Limpieza. En caso de mal funcionamiento del compactador, el propietario estará obligado a requerirlo.

Artículo 36 : CONTRAVENCIONES

Se hallará en contravención todo propietario que no tenga en condiciones de operación, compactación a que estéaquí se reglamenta. En caso de contravención, el inspector municipal labrará un acta y podrá requerir la previsto en el  Código de Procedimiento realizarse de oficio o por denuncia de terceros.

Artículo 37 : SERVICIOS DE MANTENIMIENTO

Los propietarios podrán utilizar servicios de mantenimiento regular de sus equipos de compactación entre cuyas cláusulas se incluye la responsabilidad por infracciones operativas. En caso de comprobarse infracciones, los  propietarios podrán transpasar su responsabilidad, en tales casos al Servicio Autorizado por la Municipalidad, el cual tendrá todas las instalaciones bajo su responsabilidad. El mismo servicio deberá responder ante la Municipalidad por las multas que procediere. La Municipalidad podrá retirar la autorización
del servicio en caso de infracciones reiteradas.

CODIGO DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION AMBIENTAL
            (Extracto de la Ordenanza 39.025)

Artículo 23.1.2:
OBLIGACION DE INSTALAR COMPACTADORES DE RESIDUOS Y MULTAS POR INCUMPLIMIENTO.

a) Prohíbese la instalación o puesta en marcha de incineradores domiciliarios...

c) En los edificios de más de 50 unidades de vivienda y más de 4 pisos de alto se establece la obligación de instalar un sistema de compactación de  residuos que cumplan con los requisitos que a tal efecto se indican en el  Código de la Edificación.

d) La misma obligación regirá para todos los edificios de más de 4 pisos de alto y con 25 y hasta 50 unidades de vivienda.

e) Todos aquellos edificios no comprendidos en los incisos c y d